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PROCEDIMIENTO PARA REALIZAR PAGOS ANTE ÓRGANOS JURISDICCIONALES

AVISO:

Con la finalidad de facilitar el trámite relativo a pagos ante órganos jurisdiccionales y evitar a los usuarios acudir presencialmente ante los órganos jurisdiccionales para el referido trámite, el Pleno del Consejo de la Judicatura, autorizó que dicho trámite se lleve a cabo únicamente a través de correo electrónico; conforme al siguiente procedimiento:

1.- El usuario deberá solicitar al Juzgado o Sala vía correo electrónico, el certificado de recursos temporal, en el que se le proporcionará la línea de captura; dato indispensable para poder realizar el depósito ante la institución bancaria o realizar la transferencia bancaria en las cuentas que se detallan en el certificado de recursos temporal.

2.- Para efectos de lo anterior, el usuario deberá acompañar a su solicitud, en el formato establecido al efecto, los datos del juicio, del depositante y del depósito.

3.- El Juzgado ó Sala responderá la petición del usuario, vía correo electrónico, adjuntando el certificado de recursos temporal.

4.- El usuario (depositante) tendrá un plazo de tres días para realizar el pago ante la institución bancaria que detalle el certificado de recursos temporal o realizar la transferencia bancaria en la cuenta que detalla el mismo certificado.

5.- En caso de que el depósito se realice con cheque ó mediante transferencia bancaria, el usuario (depositante) deberá cerciorarse que efectivamente se haya acreditado el depósito para continuar con el siguiente paso.

6.- Una vez acreditado el depósito, el usuario deberá presentar ante la Oficialía de Partes que corresponda, la promoción respectiva, anexando el original y copia del comprobante de depósito (ficha de depósito o transferencia y en su caso del copia del cheque depositado), relacionando dicho depósito con el folio del certificado de recursos temporal que le fue proporcionado, solicitando en la misma promoción que de dicho folio, se le expida el certificado de recursos definitivo, vía correo electrónico, confirmando la dirección de correo electrónico utilizada en la primera solicitud, o proporcionando una nueva.

7.- El Juzgado o Sala, con base a la promoción y documentación recibida, deberá de expedir el certificado de recursos propio o ajeno definitivo; así como hacer la distribución de los formatos al expediente, usuario interesado, consecutivo y Fondo Auxiliar; el mencionado certificado definitivo, se remitirá al usuario, vía correo electrónico.

FORMATO PARA SOLICITUD DE CERTIFICADO DE RECURSOS TEMPORAL

(LÍNEA DE CAPTURA)

DATOS DEL JUICIO
DATOS DEL DEPOSITANTE
DATOS DEL DEPÓSITO
Nota: Si el depósito se va realizar con cheque, es necesario agregar copia escaneada del cheque.

Para anexar un documento de clic en el botón "Elegir archivos", seleccione los archivos a adjuntar (de clic en "Abrir") y por último de clic en el botón "Enviar" para enviar su solicitud.
La capacidad máxima de subida de archivos permitida es de 25 MB.