Poder Judicial del estado de Baja California Sur

Poder Judicial BCS Accesiblilidad


Programa de Formación Judicial Básico para Practicantes Judiciales y Lineamientos Generales para Practicantes Profesionales  y Prestadores de Servicio Social, en los Órganos Jurisdiccionales y  Administrativos del Poder Judicial del Estado 

Normatividad:

Objeto del Programa:.

El Programa de Formación Judicial Básico, tiene por objeto el otorgar a los estudiantes o egresados de las Licenciaturas en Derecho o carreras afines a la administración de justicia la oportunidad de contrastar el valor del conocimiento teórico académico adquirido y las tareas de campo desempeñadas, con vista a tener una mejor preparación que les permita, estar a la par con las demandas actuales de la sociedad, ya sea como futuros servidores públicos o en la iniciativa privada.

Áreas para prestar prácticas judiciales:

Áreas Judiciales:


  • Sala Unitaria Penal y de Adolescentes.
  • Salas Unitarias Penales.
  • Salas Unitarias Civiles.
  • Sala Unitaria Administrativa.
  • Juzgados Penales.
  • Juzgados Civiles.
  • Juzgados Familiares.
  • Juzgados Mercantiles.
  • Juzgados Mixtos.
  • Juzgado para Adolescentes.
  • Juzgado de Ejecución de Sanciones y Medidas de Seguridad.

Áreas de Apoyo Judicial:


  • Centro Estatal de Justicia Alternativa.
  • Central de Actuarios.
  • Centro de Consignaciones de Pensiones Alimentarias.
  • Centro de Convivencia Familiar.
  • Archivo Judicial.

Áreas Administrativas:

  • Escuela Judicial.
  • Oficialía Mayor.
  • Dirección de Recursos Humanos.
  • Dirección de Nómina.
  • Dirección de Adquisiciones.
  • Dirección de Planeación.
  • Dirección de Finanzas.
  • Dirección de Fondo Auxiliar para la Administración de Justicia.
  • Dirección de Informática.
  • Dirección de Comunicación Social y Relaciones Públicas.
  • Contraloría.
  • Unidad de Transparencia.
  • Unidad de Igualdad de Género y Derechos Humanos.


Duración:

El o la practicante judicial admitido, permanecerá en el Programa de Formación Judicial Básico, por un máximo de 12 meses calendario, contados a partir de la fecha de aceptación e incorporación al órgano jurisdiccional o administrativo; pudiendo prorrogarse dicha temporalidad por una sola ocasión, hasta por seis meses calendario, a petición expresa y por escrito del propio practicante judicial, con la anuencia del titular del órgano o dependencia a la que está asignado.

Requisitos:


  • Suscribir y presentar la solicitud de inscripción correspondiente ante la Escuela Judicial.
  • Acreditar documentalmente ser alumno o alumna regular del ciclo escolar respectivo y haber aprobado cuando menos el 70% de los créditos de la Licenciatura en Derecho o carrera a fin con la administración de justicia, con un promedio general de aprovechamiento no menor de 80 en una escala de cero a cien, y mantenerlo mientras participe en el programa, como también un buen desempeño académico, en el ciclo de estudios inmediato anterior, o bien acreditar la terminación  de estudios con carta de pasante, título o cédula profesional.
  • Copia de credencial de elector.
  • Copia de acta de nacimiento.
  • Comprobante de domicilio actualizado.
  • 2 fotografías tamaño infantil a color.

Obligaciones:

  • Cumplir con los lineamientos contenidos en el Acuerdo General 001/2021, armonizados con los planes académicos de su institución educativa.
  • Cumplir con las actividades que le sean asignadas por el o la titular correspondiente.
  • Cumplir con el horario determinado por el titular, quien llevar? un control diario de entrada y salida.
  • Cubrir las actividades dentro del horario de labores oficial del Poder Judicial, será como mínimo de 4 horas y máximo 5 cinco horas por día, este horario se determinará por el o la titular, según corresponda, de conformidad con la disponibilidad, actividades y necesidades del servicio. 
  • Realizar sus actividades, sin excepción, dentro de las instalaciones en las que se encuentre ubicada el área de asignación.
  • Mantener la secrecía y abstenerse de divulgar los datos de la información confidencial que conozca con motivo del desempeño de sus tareas.
  • Observar las normas de ética prevalecientes en el Poder Judicial del Estado de Baja California Sur, así como las buenas prácticas que le sean establecidas en el desempeño de sus actividades.
  • Observar buena conducta pública dentro y fuera del órgano jurisdiccional o administrativo.
  • Cumplir con las reglas de higiene y seguridad, que los órganos o áreas administrativas del Poder Judicial exijan para la realización de las actividades asignadas.
  • Informar al o la Titular cuando por causa justificable o de fuerza mayor no asista al área de asignación a realizar las actividades encomendadas.
  • Informar por escrito a la Escuela Judicial, así como al o la titular del área en donde se encuentre asignado, si es su deseo suspender temporal o definitivamente sus prácticas judiciales.
  • Devolver a la Escuela Judicial el gafete de identificación, una vez concluidas sus prácticas judiciales.

Los Practicante Judiciales causarán baja cuando incurran en uno o más de los siguientes supuestos:


  • Desplieguen una conducta no ética o profesional, se perjudique el desarrollo normal de las funciones o la imagen del Poder Judicial, o cuando incumpla con las obligaciones descritas en líneas anteriores.
  • Manifiesten formalmente su deseo de dar por concluidas anticipadamente sus prácticas judiciales.
Se realizará una supervisión del desempeño de las y los participantes del presente programa y se tomará en cuenta la evaluación que le realicen los titulares de sus áreas respectivas, posteriormente la Escuela Judicial elaborará un registro de los participantes egresados del programa, para los casos en que el Pleno del Consejo de la Judicatura estime conveniente tomar en consideración a cualquier egresado para ocupar alguna vacante laboral dentro del Poder Judicial del Estado.

INFOGRAFÍA


Ultima actualización : 2022-06-02
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